El Croquis 121 122 Pdf
Cdigo de las familias y del proceso familiar, 2. Ttulo PRELIMINARDisposiciones preliminares. El estado lleva como nombre oficial el de Estado Libre y Soberano de Hidalgo, 18 pero se le conoce comnmente como estado de Hidalgo o simplemente como Hidalgo. ESPAOL 3. Conoce tu libro Este libro tiene la intencin de proporcionarte muchas oportunidades para trabajar con nuestro idioma, para que te enriquezcas con el. Captulo PRIMEROObjeto, las familias y tutela del Estado. Artculo 1. Objeto El presente Cdigo regula los derechos de las familias, las relaciones familiares y los derechos, deberes y obligaciones de sus integrantes, sin discriminacin ni distincin alguna. Puyo Pop Fever 2 Pc here. Artculo 2. Las familias y tutela del Estado Las familias, desde su pluralidad, se conforman por personas naturales que deben interactuar de manera equitativa y armoniosa, y se unen por relaciones afectivas emocionales y de parentesco por consanguinidad, adopcin, afinidad u otras formas, por un periodo indefinido de tiempo, protegido por el Estado, bajo los principios y valores previstos en la Constitucin Poltica del Estado. Captulo SEGUNDODerechos sociales, proteccin de las familias y rol del Estado. Artculo 3. Derechos de las familias Los principios y valores inherentes a los derechos de las familias son los de responsabilidad, respeto, solidaridad, proteccin integral, intereses prevalentes, favorabilidad, unidad familiar, igualdad de oportunidades y bienestar comn. Se reconocen, con carcter enunciativo y no limitativo, los derechos sociales de las familias, siendo los siguientes. A vivir bien, que es la condicin y desarrollo de una vida ntegra, material, espiritual y fsica, en armona consigo misma en el entorno familiar, social y la naturaleza. A la seguridad social. A la vivienda digna. El Croquis 121 122 Pdf' title='El Croquis 121 122 Pdf' />A la capacitacin y formacin permanente de las y los miembros de las familias, bajo principios y valores inherentes a los derechos humanos. A expresar su identidad y cultura y, a incorporar prcticas y contenidos culturales que promuevan el dilogo intercultural y la convivencia pacfica y armnica. A la vida privada, a la autonoma, igualdad, y dignidad de las familias sin discriminacin. A la seguridad y proteccin para vivir sin violencia, ni discriminacin y con la asesora especializada para todos y cada una y uno de sus miembros. A la participacin e inclusin en el desarrollo integral de la sociedad y del Estado. Image/knihy/croquis/139sanaa.jpg' alt='El Croquis 121 122 Pdf' title='El Croquis 121 122 Pdf' />RESUMEN. El propsito de este artculo es explicar la distincin terica entre fuentes de prueba y medios de prueba en el campo del enjuiciamiento civil. View and Download Pioneer SXS30 owners manual online. NETWORK STEREO RECEIVER. SXS30 Receiver pdf manual download. LES COMPTENCES DU PROGRAMME DANS LE MANUEL Complter un tableau sur les manires dhabiter New York. El pasado fin de semana se celebr el concurso de dibujo Una ruta por Sevilla, dentro del programa del festival de ilustracin Garabatofest, que organiza. Otros derechos que emerjan de situaciones de vulnerabilidad, recomposicin familiar, migracin y desplazamientos forzados, desastres naturales u otras. Artculo 4. Proteccin de las familias y el rol del Estado El Estado est obligado a proteger a las familias, respetando su diversidad y procurando su integracin, estabilidad, bienestar, desarrollo social, cultural y econmico para el efectivo cumplimiento de los deberes y el ejercicio de los derechos de todas y todos sus miembros. El Estado orientar sus polticas pblicas, decisiones legislativas, judiciales y administrativas para garantizar los derechos de las familias y de sus integrantes, priorizando los casos de familias en situacin de vulnerabilidad, cuando corresponda. Ttulo PRELIMINAR Disposiciones preliminares Captulo PRIMERO Objeto, las familias y tutela del Estado. Artculo 1. Objeto El presente Cdigo regula los. Image/knihy/croquis/croquis-fujimoto-obsah.jpg' alt='El Croquis 121 122 Pdf' title='El Croquis 121 122 Pdf' />El Estado promover acciones y facilitar condiciones para fortalecer la iniciativa, la responsabilidad y la capacidad de las familias en sus dimensiones afectiva, formadora, social, productiva, participativa y cultural, para una convivencia respetuosa y armoniosa. Las familias que no estn bajo la responsabilidad de la madre, del padre o de ambos y que estn integradas por diversos miembros de ella, gozan de igual reconocimiento y proteccin del Estado. La autoridad judicial, al momento de emitir decisiones que afecten a las familias, de manera imparcial velar por el bienestar, la seguridad familiar, la responsabilidad mutua y compartida, cuidando la no vulneracin de los derechos fundamentales de ninguno de sus miembros. El Croquis 121 122 Pdf' title='El Croquis 121 122 Pdf' />Artculo 5. College Algebra Lial Hornsby Schneider 11Th Edition. Proteccin de las familias en situacin de vulnerabilidad La identificacin de situaciones de vulnerabilidad procede a partir de los siguientes criterios. Ingresos insuficientes para cubrir las necesidades bsicas. Limitaciones en el acceso a servicios de salud. Limitaciones en el acceso a vivienda. Hija o hijo hurfano de madre, de padre o de ambos. Hija o hijo no incorporado en el sistema educativo plurinacional. Enfermedad grave o fallecimiento de la persona responsable del grupo familiar. Problemas graves de salud de algn o algunos miembros de las familias que requieran atencin especial. Partos mltiples. Embarazo adolescente. Exposicin a riesgos ambientales, cercana a actividades econmico productivas de gran escala y contaminantes, zonas de frontera o nuevos asentamientos humanos, y regiones con bajo ndice de desarrollo humano. Situaciones de conflicto, violencia intrafamiliar, trata y trfico, y violencia sexual. No reconocimiento legal y social de la vida familiar, pluricultural y diversa. Otras que establezcan la normativa jurdica e instrumentos nacionales e internacionales y las instituciones pblicas competentes. Libro PRIMEROTtulo IDisposiciones generales. Captulo NICOPrincipios y fundamentos. Artculo 6. Principios Los principios que sustentan el Libro Primero del presente Cdigo son los siguientes. Proteccin a las Familias. El Estado tiene como rol fundamental la proteccin integral sin discriminacin de las familias en la sociedad, que implica garantizar el ejercicio pleno de sus derechos y los de sus integrantes para una convivencia respetuosa, pacfica y armnica. Solidaridad. Implica que quienes integran las familias se identifiquen con los derechos, oportunidades, responsabilidades de la vida familiar de cada una de ellas o de ellos, y acten con comprensin mutua, participacin, cooperacin y esfuerzo comn, a travs de la cultura del dilogo. Diversidad. Las diversas formas de familias reconocidas por instancias nacionales e internacionales, gozan de igualdad de condiciones, sin distincin, en funcin a la dinmica social y la cualidad plurinacional de la sociedad boliviana. Interculturalidad. Se reconoce la expresin, dilogo y convivencia del pluralismo poltico, econmico, jurdico, cultural y lingstico, ideolgico, religioso y espiritual en el ejercicio de los derechos de las familias para el Vivir Bien. Equidad de Gnero. Son las relaciones equitativas e igualitarias entre mujeres y hombres en las familias, en el ejercicio de sus derechos, obligaciones, toma de decisiones y responsabilidades. Dignidad. Las relaciones familiares y la decisin de las autoridades del Estado, deben resguardar de manera permanente los derechos de las y los miembros de las familias sin menoscabar su condicin humana. Igualdad de Trato. La regulacin de las relaciones de las familias promueve un trato jurdico igualitario entre sus integrantes. Integracin Social. Las y los miembros de las familias exigen y utilizan las condiciones econmicas, sociales, polticas y culturales ofrecidas por el Estado para su desarrollo integral, relacionados con el Estado para facilitar el ejercicio de sus derechos y obligaciones. Inters Superior de la Nia, Nio y Adolescente. El Estado, las familias y la sociedad garantizarn la prioridad del inters superior de la nia, nio y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primaca en recibir proteccin y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad de atencin de los servicios pblicos y privados. Los derechos de nias, nios y adolescentes prevalecern frente a cualquier otro inters que los puede afectar. Artculo 7. Orden pblico Las instituciones reguladas en ste Cdigo son de orden pblico y de inters social, es nulo cualquier acto de renuncia o que establezca lo contrario por voluntad de las y los particulares, salvo en los casos expresamente permitidos por este Cdigo.